Para qué es esta ayuda
Fomento de la adquisición de vehículos eléctricos y programa de apoyo al despliegue de la infraestructura de recarga.
Plazo de presentación
Apertura el 1/01/2025 y cierre el 31/12/2025
Fondos disponibles y ayuda máxima
Fondos disponibles 400.000.000€
Quiénes podrán ser beneficiarios
Personas físicas, autónomos, comunidades de propietarios, empresas y administraciones públicas.
Plazos para presentar la solicitud
El plazo de solicitud es desde el 19/12/2024 hasta el 31/01/2025.
Nuevo plazo de solicitud, del 30/01/2025 al 30/04/2025.
Acciones financiables
Serán actuaciones subvencionables las relacionadas a continuación, que deberán cumplir los requisitos que se establecen en el anexo I, y se corresponden, respectivamente, con los programas de incentivos que se aprueban por este real decreto: Programa para el fomento de la adquisición de vehículos eléctricos y programa de apoyo al despliegue de infraestructura de recarga:
a) Programa de incentivos 1 (Programa para el fomento de adquisición de vehículos eléctricos): Adquisición de vehículos eléctricos «enchufables» y de pila de combustible.
No serán actuaciones subvencionables las adquisiciones de vehículos de categorías M2, M3, N2 y N3.
b) Programa de incentivos 2 (Programa de apoyo al despliegue de infraestructura de recarga): Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos.
En qué consiste la ayuda
Consultar en cada caso.